Durante la última legislatura, no es extraño encontrar publicaciones gubernamentales o declaraciones del Presidente de Gobierno, con relación a la calidad y gestión del modelo de Gobernanza. La pregunta que, suele suscitar al lector común es, ¿Qué es la Gobernanza y qué relación tiene con la Iglesia?
Entenderemos como Gobernanza, a partir de la definición que nos proporciona el Catedrático en Ciencias Políticas, Carles Ramio (2019):
“La gobernanza es un intento de configurar unos espacios público deliberativos, en el que se puedan interactuar los distintos niveles de administraciones públicas, agentes económicos y sociales y sociedad civil, para afrontar los desafíos que tiene planteado la sociedad actual, en un entorno de participación dominado por los entornos de globalización-localización”.
De acuerdo con la definición del Dr. Ramio, considero que la gobernanza nace de aspectos positivos para la ciudadanía. Lo interesante es, que las premisas de dicho modelo administrativo, vengan de implementar mayor horizontalidad, coordinación y subsidiariedad. Respecto al principio de subsidiariedad, entendido este como uno de los pilares fundamentales de la Doctrina Social de la Iglesia (DSI), su cuyo origen está en el naturalismo aristotélico de Santo Tomas de Aquino y su codificación se encuentra en la Carta Encíclica de Su Santidad Pio XI, ‘Quadregessimo Anno’, que elabora lo siguiente:
“Una estructura social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior, privándole de sus competencias, sino que más bien debe sostenerle en caso de necesidad y ayudarle a coordinar su acción con la de los demás componentes sociales, con miras al Bien Común” (CIC, n. 1883. CA, n. 48).”
La subsidiariedad es entonces, la fundamentación del hombre como el núcleo de la Sociedad, y la importancia de aumentar las competencias, en el orden inferior, no debiendo estar concentradas por el Orden superior. Este principio ha sido utilizado como fundamento para las tesis de descentralización política y económica, justificando la importancia de acercar los núcleos de poder a los escalones más cercanos al hombre común.
Es en virtud de esto que, los gobiernos y teóricos de la modernidad han buscado secularizar el principio de Subsidiariedad, para desvirtuar su origen católico e incorporarlo en los sistemas de descentralización y democracia participativa que encontramos en los Estados modernos del bloque occidental.
Sin embargo, y como carácter concluyente, es intrigante y nos debe llenar de gracia, el entender que las mayores virtudes encontradas en nuestros sistemas político-administrativos, tienen a su vez origen en nuestra Iglesia, fundada por Cristo para la salvación de los hombres. No podría entonces ser otro que dicha Iglesia, quien configuraría los mejores mecanismos de organización comunitaria para el beneplácito de la sociedad de los hombres en la Tierra.
Referencias:
Ramio, Carles (2019) “Las administraciones públicas en España.” En Gobierno y Política de España. Juan Montabes y Antonia Martínez, (eds) Tirant lo Blanch.
XI, Pio (1931) Carta encíclica Quadragesimo Anno. Recuperado de: https://www.vatican.va/content/pius-xi/es/encyclicals/documents/hf_p-xi_enc_19310515_quadragesimo-anno.html
Palma, Jorge A. La subsidiaridad. Recuperado de Catholic.net: https://es.catholic.net/op/articulos/42729/cat/414/la-subsidiaridad-.html#modal
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